Se entenderá por pueblos indígenas, como aquellos colectivos constituidos por personas
indígenas, descendientes directos de las civilizaciones precolombinas con identidad propia
y cuyas condiciones sociales, culturales, económicas, espirituales y políticas, les distingan
de otros sectores de la colectividad nacional. Los pueblos indígenas están regidos total o
parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o bien por una legislación especial
y, a su vez, conservan la totalidad o parte de sus propias instituciones sociales, económicas,
espirituales, culturales y políticas.
Es por ello que la educación para estos pueblos, desde enfoque intercultural, requiere
considerar la especificidad de cada grupo que exista dentro del territorio nacional.
El MEP cuenta con un Subsistema de Educación Indígena, el cual contempla todas aquellas
políticas, leyes, procesos, elementos, factores y procedimientos que, en materia educativa,
se desarrollan en favor de estas comunidades.
El Subsistema pretende el desarrollo de estudiantes indígenas, dentro o fuera de territorios,
de una manera integral, sin perjuicio a su cosmogonía y cosmovisión y con la apertura a
culturas distintas a la suya, eliminando la discriminación de todo tipo y aumentando la
capacidad del diálogo plural y el respeto hacia los derechos humanos propios y de las demás
personas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario